Conócenos

H. Consejo de Centro del Centro Universitario de los Lagos

 

El Consejo de Centro es el cuerpo colegiado en el que se deposita el principal órgano de gobierno del Centro Universitario, funcionará en pleno o por comisiones. Se integra de conformidad con lo previsto por el artículo 51 de la Ley Orgánica.

 

Son atribuciones y funciones del Consejo de Centro Universitario, las previstas por el artículo 52 de la Ley Orgánica y las siguientes:

  1. Dictar normas y disposiciones particulares sobre la creación, transformación y supresión de programas para la formación de profesionales medios, profesionistas y graduados;
  2. Proponer, ante el Consejo General, los proyectos curriculares de Doctorado, Maestría, Especialidad y demás programas de posgrado, en los campos del conocimiento que sean de su competencia;
  3. Determinar las bases para la formulación, operación y evaluación de los programas de educación continua, abierta semiescolarizada y a distancia, que tengan su sede en el Centro Universitario;
  4. Dictaminar los programas de formación y actualización del personal académico y administrativo adscrito al Centro;
  5. Aprobar los criterios y lineamientos para el diseño y operación de las líneas y proyectos de investigación científica que estén bajo la responsabilidad del Centro;
  6. Proponer la creación, transformación y supresión de Institutos, Centros, Laboratorios y demás unidades departamentales de investigación adscritas al Centro Universitario, con apego a la normatividad aplicable y a los presupuestos autorizados;
  7. Aprobar criterios particulares para la organización y funcionamiento de las actividades de comunicación social en el Centro Universitario;
  8. Establecer las bases para el registro, preservación y actualización del patrimonio cultural e histórico propio del Centro;
  9. Aprobar los programas de educación física, fomento deportivo y recreación para el Centro;
  10. Establecer los principios y criterios reguladores de la planeación, programación y evaluación académica, que sean de aplicación particular en el Centro;
  11. Dictaminar, y en su caso turnar, propuestas provenientes de las Divisiones y demás instancias integrantes del Centro Universitario, para incorporar recursos tecnológicos de apoyo a las funciones sustantivas;
  12. Establecer criterios y políticas de observancia en el Centro Universitario en materia de vinculación, colaboración e intercambio inter-institucional; y
  13. Las demás que le asigne la normatividad aplicable.