Tutoría Primer Ingreso

La tutoría en el primer semestre ayuda a los alumnos en su proceso de adaptación, la identificación de su propósito profesional con responsabilidad social y los valores que requiere para lograr la mejor versión de sí mismo.

 

Instrucciones para Profesores Tutores:

Por parte de la Coordinación de Servicios Académicos, el tutor será notificado de su asignación. Los registros de cada sesion se realizaran mediante la plataforma institucional  http://www.tutoria.udg.mx/

 

Previo a la primera entrevista. 

1.1. El tutor agendará entrevista con cada tutorado por correo electrónico, solicitando respondan previamente el Diagnóstico Inicial.

Nota: Los instrumentos pueden ser respondidos desde un smartphone, tablet, laptop o pc, solo requiere conexión a internet.

 

Primera entrevista 

1.2. Presentación del Tutor con sus alumnos asignados y comentarios generales de la revisión de diagnóstico inicial, realizando las anotaciones correspondientes en el  Formato de seguimiento y retroalimentación para el alumno.

En caso de que algún alumno asignado requiera apoyo de los servicios académicos y/o de extensión, (se enlistan en la parte inferior de ésta página) se le proporcionará un formato de Canalización e invitará a que pase al Programa de Tutorías con el formato para el registro correspondiente.

1.3. Al finalizar la entrevista, explicará el objetivo y dará instrucciones para responder los instrumentos de: Antecedentes académicos, FODA y Plan de vida académico (En línea).

 

Contenido:

En los casos que el tutor considere pertinente podrá acordar entrevista remotas en linea con su(s) tutorado(s). utilizando las cuentas institucionales (zoom o meet).

Segunda entrevista

1.4. El Tutor revisará los instrumentos de: Antecedentes académicos, FODA y Plan de vida académico y realizará las retroalimentaciones correspondientes en el  Formato de seguimiento y retroalimentación para el alumno, procurando dar seguimiento a la situación del semestre.

 

Tercera entrevista 

Cierre de la Tutoría: Revisión, comentarios finales y retroalimentación del Proceso de Tutoría.

1.5. El Tutor entregará un Formato de Reporte Final que resume la actividad con la totalidad de tutorados.

 

Instrucciones para Estudiantes:

Los espacios recomendados para llevar a cabo las sesiones de tutoría Académica son en las instalaciones del Programa de Tutorías.

 

Primera entrevista,

Previamente los alumnos revisarán el listado de tutores para localizar a su tutor y ponerse en contacto. Así mismo deberán de llenar el Diagnóstico Inicial y enviarlo el archivo al correo de su tutor. 

Nota: Los instrumentos pueden ser respondidos desde un smartphone, tablet, laptop o pc, solo requiere conexión a internet.

 

Segunda entrevista 

Deberá haber enviado por correo a su tutor el cuestionario de: Antecedentes académicos, FODA y Plan de vida académico.

 

Tercera entrevista  

En las semanas previas de finalizar el semestre se realizará la Tercera y última entrevista, en dónde se realizará el cierre de la tutoría, la revisión del semestre, comentarios finales y retroalimentación del proceso de Tutoría.

 

 

Para realizar un proceso de tutoría exitoso sugerimos revisar con los alumnos sobre los siguientes temas: 

 

  1. Cómo mantener la concentración, autocontrol y la atención a los detalles en clases.
  2. Beneficios de leer los recursos recomendados previos a las clases.
  3. Ventajas del uso de agenda para cumplir con los tiempos de entrega y hacer todas las tareas, de ser posible tenerlas antes de tiempo para preguntar todas las dudas de clase y si algún elemento de estas debe de mejorarse o cambiarse.
  4. Revisar los evaluables calificados con retroalimentación y solicitar ayuda cuando estos son de baja calificación.
  5. Asignar tiempo de estudio de los apuntes y previo a los exámenes parciales.
  6. Motivar para la consulta de las plataformas: WDG.BIBLIO.UDG.MX, biblioteca, etc.
  7. Abordar el tema de respetar las instrucciones y el uso de dispositivos cuando se le indique.
  8. Buscar el autoaprendizaje revisando los Recursos Educativos Abiertos del portal de la Unidad de Tutorías. 
  9. Explique la importancia de saber comunicarse de manera efectiva con los demás, exponer sus ideas de manera clara, concisa y coherente generando empatía y ambiente creativo.
  10. Fortalecer las competencias formativas, de colaboración, creatividad e innovación, responsabilidad social y ética profesional.
  11. Invite a que comparta las noticias del día con sus compañeros y fomente una argumentación constructiva sobre temas de actualidad.
  12. Identifique áreas de mejora y felicite por los avances.

 

Aspectos Normatilvos relevantes:

 

LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA CAPÍTULO III DE LOS ALUMNOS Artículo 20. Se considerará alumno a todo aquél que, cumpliendo los requisitos de ingreso establecidos por la normatividad aplicable, haya sido admitido por la autoridad competente y se encuentre inscrito en alguno de los programas académicos de la Universidad. 

Los alumnos que se inscriban en la Universidad pueden tener las categorías de ordinarios, especiales y oyentes. I. Son alumnos ordinarios los que se inscriben con la finalidad de adquirir un título o grado universitario. A su vez, pueden tener la calidad de regulares, irregulares y condicionales, en los siguientes términos: 

a) Son alumnos ordinarios regulares, los que cuenten con la totalidad de los créditos obligatorios aprobados, en los términos del Estatuto General; 

b) Son alumnos ordinarios irregulares, los que tengan créditos académicos obligatorios reprobados, en los términos del Estatuto General, y 

c) Son alumnos ordinarios condicionales, aquellos que hubiesen solicitado a la Universidad la revalidación o reconocimiento de equivalencia de estudios previos, realizados en otra institución educativa y cuyo expediente se encuentre en trámite. II. 

Son alumnos especiales los que asisten a cursos libres o especiales, sin otras prerrogativas que las de asistir a clase, aparecer en listas de asistencia, sustentar exámenes recabando la respectiva boleta de calificación; pero, sin derecho a obtener grado o título alguno ni a revalidar estudios anteriores. 

Son alumnos oyentes los que al inscribirse en uno o más cursos, persiguen solamente finalidades culturales. Pueden ser admitidos libremente con las únicas restricciones de cupo en grupos, talleres y laboratorios. 

Están obligados a realizar las mismas aportaciones que fije la Universidad, pero sin derecho a obtener título o grado alguno. 

III. La admisión de alumnos a la Universidad se otorgará mediante dictamen de las autoridades universitarias competentes, previos los exámenes de selección correspondientes y de acuerdo con factores de escolaridad, nacionalidad, edad, conducta, salud, circunstancia socioeconómica, continuidad en el estudio y de conocimiento. 

Se conservará esta condición mientras no se pierdan las cualidades requeridas o no sea separado definitivamente por faltas cometidas en los términos de la Ley, del Estatuto General o de sus reglamentos.

4 Este artículo se adicionó con Decreto No. 19871 del Congreso del Estado publicado en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” el día 24 de diciembre de 2002. 5 Este artículo se adicionó con Decreto No. 19871 del Congreso del Estado publicado en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” el día 24 de diciembre de 2002. 5 6 Este artículo se adicionó con Decreto No. 19871 del Congreso del Estado publicado en el periódico oficial “El Estado de Jalisco” el día 24 de diciembre de 2002. Artículo 21. Son derechos y obligaciones de los alumnos: 

I. Recibir la enseñanza que imparta la Universidad;

II. Obtener, mediante la acreditación de las respectivas pruebas de conocimiento y demás requisitos establecidos, el diploma, título o grado universitario correspondiente; 

III. Reunirse, asociarse y expresar dentro de la Universidad sus opiniones sobre los asuntos que a la Institución conciernan, sin más limitaciones que las de no interrumpir las labores universitarias y guardar el decoro y el respeto debidos a la Institución y a los miembros de su comunidad; 

IV. Formar parte de los órganos de gobierno de la Universidad; 

V. Realizar actividades en beneficio de la Institución; 

VI. Estudiar y cumplir con las demás actividades escolares o extraescolares derivadas de los planes y programas académicos; 

VII. Cooperar mediante sus aportaciones económicas, al mejoramiento de la Universidad, para que ésta pueda cumplir con la mayor amplitud su misión; 

VIII. Prestar, de acuerdo con su condición, el servicio social que la Universidad disponga; 

IX. Realizar actividades académicas en los términos de los planes y programas correspondientes, y 

X. Las demás que establezcan los ordenamientos correspondientes. 

 

El Consejo General Universitario fijará las aportaciones respectivas, a que se refiere la fracción VII de este artículo, en el arancel que esta Ley y el Estatuto General establezcan. La carencia de recursos no será en ningún caso motivo para que se niegue el ingreso o permanencia en la Institución. 

Por ello en caso de necesidad comprobada, podrá autorizarse la condonación o aplazamiento de las aportaciones que correspondan al alumno, conforme a la reglamentación aplicable

ESTATUTO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA
TÍTULO SÉPTIMO DEL RÉGIMEN DE RESPONSABILIDADES

Artículo 204. Los miembros de la comunidad universitaria son responsables por el incumplimiento de las obligaciones que les imponen la Ley Orgánica, el Estatuto General y sus Reglamentos. 

Artículo 205. Son causas generales de responsabilidad, además de las establecidas en el artículo 90 y demás relativos de la Ley Orgánica, las siguientes: 

I. Hacer propaganda partidista o religiosa durante el desempeño de sus actividades en los recintos universitarios; 

II. Desatender sus actividades universitarias sin causa justificada; 

III. Cometer y promover, dentro de los recintos de la Universidad, actos inmorales o ilícitos; 

IV. Suspender injustificadamente, en forma parcial o total, las actividades académicas o administrativas; 

V. Rendir declaraciones o informaciones con falsedad ante autoridades universitarias; 

VI. Usurpar las funciones que estén legalmente asignadas a otros integrantes de la comunidad universitaria; Estatuto General 2018 54 

VII. Ocurrir a la Universidad en estado de ebriedad o bajo los efectos de algún estupefaciente, psicotrópico o inhalante; ingerir, distribuir onerosa o gratuitamente a otro, en los recintos universitarios, bebidas alcohólicas y las sustancias consideradas por la Ley como estupefacientes o psicotrópicos, o cualquier otra que produzca efectos similares en la conducta del individuo que los utiliza; 

VIII. Portar armas de cualquier clase en los recintos universitarios; 

IX.177 Faltar a la disciplina en cualquier forma; 

X. 178 Incurrir en actos de abuso de autoridad, y 

XI.179 Realizar, en contra de quienes integran la comunidad universitaria, actos constitutivos de violencia, entendida como el uso deliberado e ilegítimo del poder o de la fuerza, cualquiera que sea su naturaleza, por una o varias personas, que vulnere o tenga probabilidades de vulnerar a otra u otras en su dignidad, integridad, libertad, seguridad o propiedad, incluidos el acoso y el hostigamiento, cualquiera que sea la variante que asuman, tales como laboral, sexual, de género, cibernética, o escolar.

Artículo 207. 180 Los alumnos serán responsables particularmente, por el incumplimiento de las obligaciones que les señalen los reglamentos específicos y por actos contra la disciplina y el orden universitario, específicamente:

I. Los alumnos que participen en desórdenes dentro de la escuela o falten al respeto a los profesores, serán sancionados según la gravedad de la falta; 

II. El alumno que haya prestado o recibido ayuda fraudulenta en las pruebas de aprovechamiento, será suspendido hasta por un año, sin perjuicio de la nulidad del examen sustentado; y 

III. Los alumnos que incurran en las conductas previstas en las fracciones VII y VIII del artículo 205, serán suspendidos hasta por un año; en caso de reincidencia, serán expulsados definitivamente de la Universidad. 

Las anteriores sanciones se aplicarán con independencia de las que correspondan por otras faltas universitarias cometidas por el alumno en forma individual y colectiva, sin perjuicio de las responsabilidades que deriven de la legislación común.